El H. Congreso del Estado, a través de la LX Legislatura, aprobó en la sesión ordinaria de este miércoles, reformar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Colima, con la finalidad de establecer un mecanismo de acción afirmativa tendiente a garantizar que un porcentaje dentro de los procedimientos de adjudicaciones se otorguen a mujeres o empresas en las que su representante legal sea una mujer.
Se reformó el punto 1 del artículo 2, las fracciones II, XIV y XVII, adicionando una fracción, pasando hacer esta la XXX, haciendo el corrimiento de las subsecuentes fracciones del artículo 3, así mismo, se reforma la fracción II del punto 2 al artículo 25, de igual forma se adiciona un punto al artículo 49, pasando a hacer este el numeral 18, todos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Colima, mencionando que los entes gubernamentales deberán de garantizar que “dentro del total de las adjudicaciones directas concedidas a un solo proveedor, al menos el 10 por ciento deberá ser para mujeres o empresas donde su conformación o puestos directivos sean mayoritariamente ocupados por mujeres, cuidando en todo momento las mejores condiciones económicas del mercado o la idoneidad de la persona o empresa para brindar u otorgar el bien, arrendamiento o el servicio de que se trate. Lo mismo aplicará en el caso del grupo restringido. Para tal efecto las personas o empresas interesadas en participar en estos procesos, deberán acreditar dichas circunstancias con la documentación respectiva”.
El documento elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, presentado en tribuna por el legislador Ignacio Vizcaíno, quien a su vez suscribió esta iniciativa, en conjunto con su compañera de bancada de Movimiento Ciudadano, diputada Glenda Ochoa, indica que con este dictamen se busca generar políticas públicas que incentiven y empoderen a las mujeres en todos los ámbitos, tanto políticos, sociales y empresariales, como es el caso que nos ocupa.
El decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Periódico Oficial del Estado de Colima” establece que los entes gubernamentales sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público deberán en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la publicación de la presente reforma, adecuar su reglamentación correspondiente a la presente reforma.
De igual manera, los entes gubernamentales sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público deberán promover y publicitar los alcances de la presente reforma y la institución de la acción afirmativa de igualdad sustantiva.
Finalmente, en el ejercicio fiscal 2024, los entes analizarán el crecimiento progresivo de la cuota señalada en el presente Decreto, en relación con el crecimiento del Padrón de Proveedores en materia de género, con el efecto de incrementar su porcentaje.
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