En la más reciente Sesión Ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado de Colima aprobaron reformar la fracción XVIII del Artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Colima, con la finalidad de que “la autoridad encargada de impulsar y apoyar procesos y tecnologías en actividades agropecuarias, lo haga teniendo en cuenta el cuidado al medio ambiente y los procesos atmosféricos”.
De acuerdo con el Decreto aprobado, leído en tribuna por la diputada Yommira Jockimber Carrillo Barreto, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Colima queda como sigue:
“ARTÍCULO 16.-
… I. a la XVII. …
XVIII. Impulsar y apoyar la generación, transferencia y adopción de tecnología en las actividades agropecuarias, cuidando no dañar el medio ambiente o que 14 altere los procesos de fenómenos atmosféricos y otros procesos acordes a la agroproducción;
XIX. a la XXXII”.
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