LX aprueba diversos estímulos fiscales para los contribuyentes del municipio de Colima

  • Habrá beneficios en pago predial y refrendo de licencias de establecimientos o locales

Las y los diputados de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Colima aprobaron por 23 votos a favor, otorgar diversos estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Colima, Colima

La diputada, Kathia Castillo, fue la encargada de leer el dictamen en tribuna, quien explicó que con lo anterior se autoriza el 15 por ciento de bonificación a favor de los contribuyentes que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada durante los meses de febrero y hasta el 31 marzo del 2022; siempre que el monto de dicho impuesto sea mayor a 2 unidades de medida y actualización, en predios urbanos, y 3 unidades de medida y actualización en predios rústicos.

Además, se faculta el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno del impuesto predial, respecto al ejercicio fiscal 2021 y ejercicios fiscales anteriores, a favor de los contribuyentes que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, durante la vigencia del presente Decreto.

Por otro lado, se permite la ampliación del plazo para el refrendo de las licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta y consumo de bebidas alcohólicas, respecto del ejercicio fiscal 2022, hasta el 31 de marzo del presente año.

También se otorga la ampliación del plazo para el refrendo de las licencias de funcionamiento de giros distintos a los establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas, respecto al ejercicio fiscal 2022, hasta el 31 de marzo de la presente anualidad.

Asimismo, se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno de los derechos por el refrendo de las licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta y/o consumo de bebidas alcohólicas, respecto al ejercicio fiscal 2021.

El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el 31 de marzo de 2022.

Colima, Colima a 28 de febrero de 2022


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