LX Legislatura aprueba Decreto en materia de Periodos de Sesiones del Congreso de la Unión

Este jueves, en Sesión Extraordinaria, las y los diputados aprobaron la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del Artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Periodos de Sesiones Ordinarias del Congreso de la Unión, que establece que el Legislativo federal “se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 1o. de febrero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias”.

Presentado en tribuna por la diputada Yommira Jockimber Carrillo Barreto, este Decreto establece que “la duración en el cargo de las y los diputados federales electos para la LXV Legislatura del Congreso de la Unión se computará a partir del 1o. de septiembre de 2021 y hasta el 31 de agosto de 2024; en un tercer transitorio, establece que la duración en el cargo de las y los senadores electos para las LXIV y LXV Legislaturas del Congreso de la Unión se computará a partir del 1o. de septiembre de 2018 y hasta el 31 de agosto de 2024; las y los diputados federales electos para la LXVI Legislatura, durarán en el ejercicio de su cargo 36 meses, computados a partir del 1o. de septiembre de 2024 y hasta el 31 de agosto de 2027; finalmente, las y los senadores electos para las LXVI y LXVII Legislaturas, durarán en el ejercicio de su cargo 72 meses, computados a partir del 1o. de septiembre de 2024 y hasta el 31 de agosto de 2030”.

De igual manera, entre sus transitorios, este Decreto establece que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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